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Ley de impuestos internos Artículo 23 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Ley de impuestos internos Nacional
Artículo 23.

Los cigarrillos, tanto de producción nacional como importados, tributarán sobre el precio de venta al consumidor, inclusive impuestos, excepto el impuesto al Valor Agregado, un impuesto del:

........................Hasta el...Del..1-1-80...A partir ........................31-XII-79 al 31-XII-80...del 1-1-81 a) Cuando se trate de cigarrillos exclusivamente manufacturados con tabaco negro........... 63,5 %...........65 %.....60 % b) Cuando se trate de cigarrillos manufacturados con no menos del cincuenta por ciento (50 %) de tabaco negro........... 65 %...........65,75 %.....60 % c) Cuando se trate de cigarrillos no comprendidos en los incisos anteriores......66,5 %...........66,5 %.....60 % Los cigarrillos de producción nacional o extranjera deberán expenderse en paquetes o envases en las condiciones y formas que reglamente el Poder Ejecutivo.

Con relación a los productos de este artículo, se entenderá como expendio toda salida de fábrica, aduana -cuando se trate de importación para el consumo de acuerdo con lo que como tal entiende la legislación en materia aduanera- o de los depósitos fiscales, y el consumo interno a que se refiere el artículo 27, en la forma que se reglamente.

Nacional Artículo 23 Ley de impuestos internos
Artículo 1 ...21 22 23 23 BIS 24 ...91

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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