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Ley de fomento para la micro, pequeña y mediana empresa Artículo 10 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 05/03/2024

Ley de fomento para la micro, pequeña y mediana empresa Nacional
Artículo 10. Integración del Fogapyme

El FoGAr contará con un patrimonio que estará constituido por los bienes fideicomitidos.

Dichos bienes son los siguientes:

a) Los aportes efectuados a favor del Fondo de Garantía para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Fogapyme);

b) Los recursos que le asigne el Estado nacional;

c) El recupero de las garantías honradas;

d) Los dividendos o utilidades percibidas por la titularidad de acciones o los ingresos provenientes de su venta;

e) Los ingresos generados por el financiamiento de otros instrumentos financieros;

f) El producido de sus operaciones, la renta, frutos e inversión de los bienes fideicomitidos;

g) Los ingresos obtenidos por emisión de valores representativos de deuda que emita el fiduciario en los términos establecidos en el contrato y/o prospecto respectivo;

h) Los aportes solidarios destinados al FoGAr de acuerdo a regímenes específicos que los establezcan;

i) Otros ingresos, aportes, contribuciones, subsidios, legados o donaciones específicamente destinados al FoGAr.

Podrán además incrementar dicho fondo los aportes de organismos internacionales, entidades públicas y privadas nacionales o extranjeras, gobiernos provinciales o municipales, en la medida en que adhieran a los términos del fideicomiso instituido por el artículo 9° de la presente ley.

En el marco del FoGAr podrán constituirse fondos de afectación específica destinados a garantizar el otorgamiento de garantías a empresas de determinada jurisdicción, sector económico, tamaño u otros parámetros que establezca la autoridad de aplicación



Nacional Artículo 10 Ley de fomento para la micro, pequeña y mediana empresa
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la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


buenas noches, en referencia al articulo 232 del codigo fiscal !,

Que puedo hacer para reclamar el monto del impuesto automotor que me aplican desde la adquisición del vehículo 0 km facturado 19/12/23, (los papeles para el alta de 0 km me los entregan el 05/01/24), lo registro en RNPA y me entregan el titulo y chapas patentes el 11/01/24 - que es recién en ese momento que puedo retirar el vehículo y rodarlo y por ende hacer el usufructo del bien!.

cuando pago la patente cuota 1 del 2024 me encuentro que figura una deuda de la cuota 5/2023 proporcional! de un vehículo registrado en el 2024!.

no es algo incoherente ese articulo?, como puedo reclamarlo?, gracias


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