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Ley de contrato de trabajo Artículo 170 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Ley de contrato de trabajo Nacional
Artículo 170. Caso de accidente o enfermedad

En caso de accidente o enfermedad, los salarios correspondientes a los días feriados se liquidarán de acuerdo a los artículos 166 y 167 de esta ley.



Nacional Artículo 170 Ley de contrato de trabajo
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Los comentarios de los usuarios

Buenas tardes, empleado en empresa privada CABA - BS. AS. Argentina bajo LTC DE TRABAJO Empleado de Comercio, Administrativo B. Da aviso de ausencia vía email y el responsable de RRHH le informa que el certificado médico debe ser enviado antes de las 00Hs de ese dia de lo contrario carece de validez y se le descontará el día laboral.

El empleado se presenta al día siguiente con comprobante de atención por Guardia, donde no especifica ¨Reposo¨, el responsable de RRHH le informa que el certificado médico no tiene validez y se le descontará día laboral.

Es legal la actuación del representante de RRHH? bajo que artículos?

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