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Ley de Contabilidad y Organización de Contaduría General y Tesorería Artículo 40 Provincia de La Pampa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Ley de Contabilidad y Organización de Contaduría General y Tesorería La Pampa
Artículo 40.

La clausura definitiva del ejercicio y el cierre de las cuentas del presupuesto general se operará al 31 de diciembre de cada año.

Después de esta fecha no deberán asumirse nuevos compromisos con cargo al presupuesto general cerrado, caducando los créditos de los que no se hubiera hecho uso.

Las erogaciones comprometidas durante el ejercicio que no se hubieran cancelado durante el mismo, se llevarán a una cuenta Deuda Flotante.

La cancelación posterior de las obligaciones se imputará a la cuenta Deuda Flotante del ejercicio pertinente.

Las cuentas de deuda flotante, individualizadas por acreedor, se llevarán separadas y por ejercicio. Las obligaciones registradas en dicha cuenta contra las que no se hubiera emitido orden de pago dentro de los dos años siguientes al cierre de cada ejercicio se considerarán perimidas a los efectos administrativos eliminándose de las cuentas respectivas.

En caso de reclamación del acreedor, dentro del término fijado por la ley común para la prescripción, deberán cancelarse con cargo a las partidas del presupuesto vigente.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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