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Ley de Contabilidad y Organización de Contaduría General y Tesorería Artículo 22 Provincia de La Pampa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Ley de Contabilidad y Organización de Contaduría General y Tesorería La Pampa
Artículo 22.

Ningún pago directo a acreedores de la Provincia, ni entrega de fondos a los agentes de la administración, se hará sin orden escrita del gobernador de la Provincia, refrendada por el respectivo ministro.

Dicha orden de pago contendrá:

a) Fecha, número y el ejercicio a que corresponda;

b) El nombre de la persona, entidad o autoridad a quien se manda hacer el pago o la entrega;

c) La cantidad a pagarse en letras y en números;

d) La causa u objeto;

e) El término en que dicha orden de pago conservará su validez, si excede de dos años;

f) La imputación al crédito correspondiente y el concepto de pago a efectuarse;

g) El número correspondiente a la liquidación de la erogación que se manda pagar según el caso;

h) El número de la intervención de la Contaduría General.

La Contaduría General de la Provincia, al intervenir una orden de pago o entrega, deberá formular las observaciones pertinentes si encontrare que la misma no contiene todos los requisitos exigidos por la presente ley y disposiciones legales y reglamentarias en vigor.

En las entidades descentralizadas y empresas de la Provincia, las órdenes de pago o entrega podrán ser suscriptas por la autoridad competente de las mismas y revestirán todos los requisitos establecidos en la presente ley y demás disposiciones legales y reglamentarias vigentes.

La Contaduría General de la Provincia reglamentará la forma de establecer la intervención indicada en el punto h) de este artículo.

Provincia de La Pampa Artículo 22 Ley de Contabilidad y Organización de Contaduría General y Tesorería. General de la Provincia
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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