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Ley de Contabilidad y Organización de Contaduría General y Tesorería Artículo 11 Provincia de La Pampa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Ley de Contabilidad y Organización de Contaduría General y Tesorería La Pampa
Artículo 11.

Las partidas correspondientes a los gastos autorizados por leyes, que deban efectuarse en varios años se incorporarán a cada presupuesto anual en la medida establecida en el plan que los autorice.

El presupuesto fijará anualmente el monto total a invertirse en trabajos públicos y el Poder Ejecutivo establecerá el monto del Plan Anual de Trabajos Públicos, fijará el detalle de este plan y distribuirá en cada anexo la suma correspondiente a cada obra, pudiendo autorizar compensaciones o modificaciones sin exceder el total de lo asignado en el presupuesto anual de trabajos públicos.

Cuando un trabajo público deba realizarse en un período mayor de un año -y al solo efectos de la continuidad de los trabajos- el Poder Ejecutivo podrá autorizar, durante el último mes de cada año, los créditos mínimos necesarios para proseguir los trabajos y pago de certificados a extenderse en el próximo año. Estos créditos se registrarán como anticipo del plan de trabajos públicos y se contabilizarán con los compromisos del ejercicio siguiente.

El Plan de Trabajos Públicos y sus modificaciones, una vez decretado por el Poder Ejecutivo, deberá ser comunicado a la Honorable Legislatura.

Provincia de La Pampa Artículo 11 Ley de Contabilidad y Organización de Contaduría General y Tesorería. General de la Provincia
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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