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Instituyese un Adicional Compensador para los trabajadores del Poder Legislativo Artículo 12 Provincia de Misiones


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Instituyese un Adicional Compensador para los trabajadores del Poder Legislativo Misiones
Artículo 12.

Para acceder al beneficio que se instituye en la presente Ley, el agente interesado debe presentar la renuncia anticipada condicionada prevista en el Artículo 80 de la Ley XIX-N.°2 (Antes Decreto Ley N.° 568/71), antes de la culminación de vigencia del presente Régimen, facultándose al Presidente de la Cámara de Representantes a prorrogar dicho período.

El agente tiene un plazo de treinta (30) días hábiles a partir de la fecha de notificación del acto administrativo que acepta la renuncia condicionada para iniciar el trámite ante el Instituto de Previsión Social, debiendo acreditar ante el área de Personal y dentro del plazo fijado, mediante fotocopia del comprobante de haber iniciado el trámite pertinente. Si no lo hiciera, caduca su derecho a amparase en el presente Régimen.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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