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Impositiva año 2016 Artículo 43 Provincia de La Pampa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Impositiva año 2016 La Pampa
Artículo 43.

Conforme a lo dispuesto por los artículos 176 y 209 del Código Fiscal (t.o. 2015), establécense para la comercialización de combustibles líquidos derivados del petróleo y gas natural las siguientes tasas:

Industrialización (Cod. Act. 232001-232002-232003-233000-241110) . 1,0 o/o Expendio al público (Cod. Act. 505001-505002) ................................ 2,5 o/o Expendio al público efectuado por las empresas que los industrialicen, ya sea en forma directa o a través de terceros que lo hagan por su cuenta y orden (Cod. Act. 505004-505005) ......................................................... 3,5 o/o En este caso sólo será admisible la deducción del débito fiscal del Impuesto al Valor Agregado, no resultando de aplicación los incisos a) e i) del artículo 182 del Código Fiscal (t.o. 2015).

Comisionistas, consignatarios, mandatarios, corredores o cualquier otra forma de intermediación en la comercialización de los productos a que se refiere el presente artículo (Cod. Act. 505006-511940)............. ...................... 4,1 o/o



Provincia de La Pampa Artículo 43 Impositiva año 2016
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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