Fondo Permanente para Atención de Situaciones de Desastre (Fondo Permanente para Atención de Situaciones de Desastre) Provincia de Córdoba
Fondo Permanente para Atención de Situaciones de Desastre Provincia de Córdoba
- Artículo 1. Ratifícase el Decreto Nº 1936 de fecha 17 de diciembre de 2015 de...
- Artículo 2. A efectos del cumplimiento de la intervención establecida en el artículo 127...
- Artículo 3. La remisión a que hace referencia el artículo 2º de la presente Ley se...
- Artículo 4. A los fines del seguimiento y control de la ejecución del Fondo Permanente...
- Artículo 5. Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
Otras regulaciones
Régimen legal aplicable a la actividad profesional de Geólogos dentro del ámbito territorial Declaración de utilidad pública y sujeto a expropiación determinado inmueble ubicado en Suburbios Noroeste del Municipio de la ciudad de Córdoba Ley organica de contabilidad y presupuesto general de la administracion Decláranse de utilidad pública y sujetos a expropiación inmuebles Aprueban el Convenio Ampliatorio al Convenio Marco 2022 para la realización del Programa Anual de Estadística 2022Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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