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Establécese la tasa por actuaciones ante el tribunal fiscal de la nación en la ciudad autónoma de buenos aires y en delegaciones fijas o móviles que se establezcan en cualquier lugar del país Artículo 3 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Establécese la tasa por actuaciones ante el tribunal fiscal de la nación en la ciudad autónoma de buenos aires y en delegaciones fijas o móviles que se establezcan en cualquier lugar del paí Nacional
Artículo 3. Oportunidad y forma de pago

La tasa será abonada por la parte actora o recurrente, en su totalidad, en el acto de iniciación de las actuaciones, sin perjuicio de su posterior reajuste al tiempo de practicarse la liquidación definitiva, si ésta arrojase un mayor valor que el considerado al inicio, con exclusión de los incrementos por intereses devengados desde el pago inicial de la tasa.

De no efectuarse el pago de la tasa, se aplicará lo dispuesto por el artículo 7° de la presente ley.

La falta de pago de la tasa no obstaculizará la prosecución de las actuaciones.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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