Establecimiento del Ejercicio Profesional del Trabajo Social (Establecimiento del Ejercicio Profesional del Trabajo Social) Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Establecimiento del Ejercicio Profesional del Trabajo Social Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
- Artículo 1. La presente ley tiene por objeto establecer el marco general para el...
- Artículo 2. Son objetivos de esta ley: a)promover la jerarquización de la profesión...
- Artículo 3. Considérase a los fines de la presente, Ejercicio Profesional del Trabajo...
- Artículo 4. Considérase Ejercicio Profesional del Trabajo Social el empleo de sellos,...
- Artículo 5. Reconócese a las fines de la presente bajo la denominación de Licenciado/a en...
- Artículo 6. La profesión del trabajo social en la Provincia sólo puede ser ejercida por...
- Artículo 7. Los/as profesionales del trabajo social que se encuentren en tránsito en la...
- Artículo 8. Los títulos y los/as colegiados/as que no reúnan las condiciones establecidas...
- Artículo 9. Los/as Licenciados/as en trabajo social están habilitados para las...
- Artículo 10. Son derechos de los/as profesionales, los siguientes: a) ejercer la...
- Artículo 11. Son obligaciones de los/as profesionales, las siguientes: a)...
- Artículo 12. Los organismos, instituciones públicas municipales, provinciales y...
- Artículo 13. Créase el Colegio Profesional de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida...
- Artículo 14. El Colegio tendrá a su cargo: 1. gobernar el ejercicio profesional de...
- Artículo 15. Son requisitos de inscripción de la matrícula: a) presentar título...
- Artículo 16. El colegio verificará si el/la peticionante reúne los requisitos exigidos y...
- Artículo 17. Aprobada la inscripción, el Colegio entregará un carnet y un certificado...
- Artículo 18. Los/as colegiados/as tendrán los siguientes derechos: a) gozar de los...
- Artículo 19. Son deberes de los/as colegiado/as: a) pagar la cuota y los aportes que...
- Artículo 20. Todo/a graduado/a en Trabajo social o Servicio Social conforme títulos...
- Artículo 21. El Colegio a través del órgano correspondiente, deberá informar a las...
- Artículo 22. El Colegio estará integrado por los distintos órganos: a) la Asamblea;...
- Artículo 23. La Asamblea es el órgano máximo del Colegio, la integran aquellos...
- Artículo 24. Son atribuciones de la Asamblea: a) elegir los miembros de la Junta...
- Artículo 25. Las Asambleas son Ordinarias y extraordinarias. Las Ordinarias se establecen...
- Artículo 26. El Consejo Directivo está constituido por: a) un (1) Presidente b) un...
- Artículo 27. Los miembros del Consejo Directivos son elegidos/as por votación directa y...
- Artículo 28. Para ser miembro del Consejo Directivo se requerirá una antigüedad de tres...
- Artículo 29. Son deberes y atribuciones del Consejo Directivo: a) dictar las...
- Artículo 30. El Colegio definirá dos (2) sedes administrativas: una en Ushuaia y otra en...
- Artículo 31. El Consejo de Ética estará compuesto por tres (3) miembros titulares y dos...
- Artículo 32. Son deberes y atribuciones del Consejo de Ética: a) sustanciar los...
- Artículo 33. Los/as profesionales inscriptos en el Registro quedarán sujetos a sanciones...
- Artículo 34. Las sanciones disciplinarias tendrán gradualidad del siguiente modo: a)...
- Artículo 35. El Consejo Directivo, previa valoración del Consejo de Ética, podrá acordar...
- Artículo 36. La Comisión Revisora estará constituida por tres (3) miembros titulares y dos...
- Artículo 37. Son funciones y atribuciones de la Comisión Revisora: a) dictaminar...
- Artículo 38. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley en el término de noventa (90)...
- Artículo 39. Deróganse las leyes provinciales 274, 275, 476 y toda otra norma que se...
- Artículo 40. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Régimen de Regulación de Deudas Tributarias Aprobación Convenio de Desendeudamiento entre la Provincia y el Gobierno Nacional Autorizacion a contraer un empréstito ante el fondo fiduciario federal de infraestructura regional (FFFIR) Sistema integral de salud escolar Día Provincial del Politólogo, el 29 de Noviembre de cada añoMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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