Imprimir

Establécese la incorporación de actividades educacionales formales y no formales destinadas al cumplimiento de los fines de la Ley N° 24.195 en los programas sociales a desarrollar por el Poder Ejecutivo con la finalidad de asistir a niños, jóvenes y adul Artículo 2 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Establécese la incorporación de actividades educacionales formales y no formales destinadas al cumplimiento de los fines de la Ley N° 24.195 en los programas sociales a desarrollar por el Poder Ejecutivo con la finalidad de asistir a niños, jóvenes y adultos carenciados Nacional
Artículo 2.

Las principales acciones educativas a incorporar en los programas sociales señalados en el artículo 1° de la presente ley, comprenderán:

a) En la población asistida constituida por niños/as menores de 5 años:

- Incorporación de niños/as en jardines maternales y servicios de educación inicial, fundamentalmente en las áreas de alta vulnerabilidad social.

- Incorporación en programas de estimulación temprana, cuando se hayan detectado niños/as con necesidades especiales;

b) En la población de 5 a 16 años atendida asistencialmente:

- Incorporación o reinserción de niños, adolescentes y jóvenes en los niveles que conforman el tramo de educación obligatoria.

Estas medidas se extenderán a los hijos/as de las personas asistidas por los programas sociales;

c) En la población conformada por jóvenes y adultos, incluidos en los planes compensatorios:

- Cursos de alfabetización.

- Inserción en el Régimen Especial de Educación de Adultos, con vistas a la aprobación del nivel de educación general básica.

- Programas específicos de orientación y capacitación laboral.

- Actividades de educación no formal en áreas relevantes de la realidad socioeconómica cultural: educación para la salud, nutrición, derechos humanos, violencia familiar, defensa civil, formación ciudadana, etc.



Nacional Artículo 2 Establécese la incorporación de actividades educacionales formales y no formales destinadas al cumplimiento de los fines de la Ley N° 24.195 en los programas sociales a desarrollar por el Poder Ejecutivo con la finalidad de asistir a niños, jóvenes y adul
Artículo 1 2 3 4 ...9

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse