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Establece Régimen Especial de Protección Integral para Personas con Discapacidad Artículo 7 Provincia de La Pampa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Establece Régimen Especial de Protección Integral para Personas con Discapacidad La Pampa
Artículo 7.

Serán funciones del Ministerio de Cultura y Educación: *a) Cumplir con lo previsto en los incisos b), c) y d),exceptuando pensiones; y e) del artículo 5º de la presente Ley; b) Establecer un sistema de detección y derivación de las personas con discapacidad; c) Reglamentar el ingreso y egreso de las personas con discapacidad a los diferentes niveles y modalidades educativas, procurando su integración al sistema, implementando las adaptaciones curriculares y equipos de apoyo a las tareas pedagógicas; d) Coordinar y consensuar la acción educativa y reeducativa de su área, con las organizaciones no gubernamentales vinculadas a las distintas problemáticas a resolver y con los familiares de las personas con discapacidad; e) Promover la formación laboral de las personas con discapacidad en el ámbito de la producción; f) Determinar las necesidades educativas de las personas con discapacidad en establecimientos especiales o comunes según el grado de discapacidad y la evaluación de cada educando; g) Controlar todos los servicios educativos no oficiales destinados a la atención de los niños, adolescentes y adultos discapacitados; h) Orientar vocacionalmente a los educandos con discapacidad; i) Apoyar la investigación educativa en el área de la discapacidad; j) Capacitar los recursos humanos a fin de lograr adecuada labor de asistencia, docencia e investigación; k) Establecer mecanismos para garantizar la orientación familiar y social de las personas con discapacidad en ámbitos educativos; y l) Capacitar el recurso humano especializado en educación de personas con discapacidad.



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Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


buenas noches, en referencia al articulo 232 del codigo fiscal !,

Que puedo hacer para reclamar el monto del impuesto automotor que me aplican desde la adquisición del vehículo 0 km facturado 19/12/23, (los papeles para el alta de 0 km me los entregan el 05/01/24), lo registro en RNPA y me entregan el titulo y chapas patentes el 11/01/24 - que es recién en ese momento que puedo retirar el vehículo y rodarlo y por ende hacer el usufructo del bien!.

cuando pago la patente cuota 1 del 2024 me encuentro que figura una deuda de la cuota 5/2023 proporcional! de un vehículo registrado en el 2024!.

no es algo incoherente ese articulo?, como puedo reclamarlo?, gracias


Buenas tardes, mi consulta es como tiene que comunicarse el Administrador con un propietario que posee deuda, para que éste pague. A través de que vía es legal hacer esto?

Ya que recibí una intimación de pago, que es un papel impreso por la administradora, en el cual también está mal la fecha, pareciera que intencionalmente lo hubiera hecho, ya que coloca fecha de la semana anterior al día que me lo dejan por debajo de la puerta, dándome un plazo de 72 hs.

No he recibido anteriormente a esto ninguna comunicación por parte de la Adminitradora.


Hola, mi papá dono 50% de su casa a una mujer q no vivía con el, no tenia ninguna relación legal ni convivían, tampoco hijos en común. El muere y no podemos heredar ni hacer uso. Que procede para poder avanzar con la sucesión o venta? Se puede iniciar juicio teniendo en cuenta art 2328 ?


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