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Establece Régimen Especial de Protección Integral para Personas con Discapacidad Artículo 6 Provincia de La Pampa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Establece Régimen Especial de Protección Integral para Personas con Discapacidad La Pampa
Artículo 6.

El Ministerio de Bienestar Social promoverá la ejecución de programas en los que se habiliten servicios especiales en hospitales o establecimientos de su jurisdicción para la atención de personas con discapacidad. Se podrán coordinar los esfuerzos con entidades privadas priorizando a las que no persigan fines de lucro, cuando los servicios aludidos no puedan prestarse en instituciones públicas o cuando dichas entidades sirvan de apoyo a la gestión oficial, promoviéndose la constitución de redes de servicios. Le corresponderá además, efectuar el dictamen técnico previo a las habilitaciones que otorguen los municipios a personas físicas o jurídicas, con o sin fines de lucro, destinadas a la prestación de servicios a personas con discapacidad. A ese fin, la autoridad de aplicación, vía reglamentaria, establecerá las pautas pertinentes.



Provincia de La Pampa Artículo 6 Establece Régimen Especial de Protección Integral para Personas con Discapacidad
Artículo 1 ...4 bis 5 6 7 8 ...28

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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