Ejercicio profesional de agentes de propaganda médica (Ejercicio profesional de agentes de propaganda médica) Provincia de Santa Fe
Ejercicio profesional de agentes de propaganda médica Provincia de Santa Fe
- Artículo 1. Se considera actividad de los Agentes de Propaganda Médica la que tiene por...
- Artículo 2. El Agente de Propaganda Médica es toda persona habilitada legalmente, que...
- Artículo 3. Compete exclusivamente en el ámbito jurisdiccional de la Provincia, a los...
- Artículo 4. La habilitación profesional será otorgada por el Ministerio de Salud Pública...
- Artículo 5. Para poder solicitar su inscripción en la matrícula correspondiente, toda...
- Artículo 6. En todos los casos, comprobado que fueren el cumplimiento de los requisitos,...
- Artículo 7. Las matrículas otorgadas con anterioridad a la sanción de la presente Ley...
- Artículo 8. Los Agentes de Propaganda Médica se desempeñarán en cualquiera de sus...
- Artículo 9. Son derechos de los Agentes de Propaganda Médica: 1) Realizar la...
- Artículo 10. Queda absolutamente prohibido a los Agentes de Propaganda Médica: 1)...
- Artículo 11. Se suspenderá en la matrícula, por treinta (30) días a dos (2) años, o se...
- Artículo 12. Todo laboratorio, distribuidor y/o representante de los mismos, que realice...
- Artículo 13. Todo laboratorio, distribuidor y/o representante de los mismos que no...
- Artículo 14. Establécese que el Departamento de Inspección General de Farmacias, Drogas y...
- Artículo 15. Constatada alguna irregularidad o por acusación circunstanciada de las...
- Artículo 16. Las Asociaciones Gremiales reconocidas de Agentes de Propaganda Médica, en...
- Artículo 17. Los importes provenientes de las multas aplicadas por incumplimiento de la...
- Artículo 18. Quedan derogadas a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, los...
- Artículo 19. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Aprueba el Convenio Marco de Adhesión al Programa de Fortalecimiento de la Estrategia de Atención Primaria de la Salud Ley Orgánica del Servicio Penitenciario Autorización al Poder Ejecutivo a realizar los actos de disposición que resultaren necesarios sobre determinados terrenos de su propiedad Declaración de emergencia 14241 Declaración de interés general y sujeta a expropiación una fracción de terrenoMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
buenas noches, en referencia al articulo 232 del codigo fiscal !,
Que puedo hacer para reclamar el monto del impuesto automotor que me aplican desde la adquisición del vehículo 0 km facturado 19/12/23, (los papeles para el alta de 0 km me los entregan el 05/01/24), lo registro en RNPA y me entregan el titulo y chapas patentes el 11/01/24 - que es recién en ese momento que puedo retirar el vehículo y rodarlo y por ende hacer el usufructo del bien!.
cuando pago la patente cuota 1 del 2024 me encuentro que figura una deuda de la cuota 5/2023 proporcional! de un vehículo registrado en el 2024!.
no es algo incoherente ese articulo?, como puedo reclamarlo?, gracias
Buenas tardes, mi consulta es como tiene que comunicarse el Administrador con un propietario que posee deuda, para que éste pague. A través de que vía es legal hacer esto?
Ya que recibí una intimación de pago, que es un papel impreso por la administradora, en el cual también está mal la fecha, pareciera que intencionalmente lo hubiera hecho, ya que coloca fecha de la semana anterior al día que me lo dejan por debajo de la puerta, dándome un plazo de 72 hs.
No he recibido anteriormente a esto ninguna comunicación por parte de la Adminitradora.
Hola, mi papá dono 50% de su casa a una mujer q no vivía con el, no tenia ninguna relación legal ni convivían, tampoco hijos en común. El muere y no podemos heredar ni hacer uso. Que procede para poder avanzar con la sucesión o venta? Se puede iniciar juicio teniendo en cuenta art 2328 ?
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