Ejercicio de la actividad teatral no oficial (Ejercicio de la actividad teatral no oficial) Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Ejercicio de la actividad teatral no oficial Ciudad Autónoma de Buenos Aires
- Artículo 1. Créase el Régimen de Concertación para la Actividad Teatral no Oficial, con...
- Artículo 2. Créase en el ámbito de la Secretaría de Cultura del Gobierno de la Ciudad el...
- Artículo 3. En el Registro creado en el artículo 2º deberán inscribirse todas...
- Artículo 4. Entiéndese por actividad teatral a los fines de la presente Ley toda...
- Artículo 5. Entiéndese por concertación a los fines de la presente Ley el acuerdo o...
- Artículo 6. Para acceder a los beneficios de la presente Ley los grupos estables...
- Artículo 7. Para acceder a los beneficios de la presente Ley, los grupos o elencos...
- Artículo 8. Para acceder a los beneficios de la presente Ley las salas mencionadas en el...
- Artículo 9. Para acceder a los beneficios de la presente Ley, las personas físicas o...
- Artículo 9 bis. Para acceder a los beneficios de la presente Ley los Grupos de Teatro...
- Artículo 10. Las contribuciones destinadas a la producción de espectáculos teatrales...
- Artículo 11. Para ejecutar las actividades previstas en la presente Ley, la autoridad de...
- Artículo 12. Exímese a quienes se inscriban en el Registro de la Actividad Teatral No...
- Artículo 13. Las exenciones del artículo 12º beneficiarán, exclusivamente, a:...
- Artículo 14. Las salas que no exhiban espectáculos teatrales en el término de doce meses...
- Artículo 15. El incumplimiento de las obligaciones emergentes de los acuerdos celebrados...
- Artículo 16. Nota de Redacción (Deroga Ord. 41028)
- Artículo 17. Comuníquese, etc.
Otras regulaciones
Creación del Sistema de Autoprotección para prevención de desastres Institución del día 14 de abril de cada año como Día del Karting Obligatoriedad de exhibicion de cartel en comercios que provean el servicio de carga de credito virtual Referéndum y Consulta Popular Capacitación para personal dependiente de consorciosMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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