Adhesión provincial a la Ley Nacional 27.709 - Ley Lucio

Artículo 1.

Adhiérase la Provincia de Catamarca a la Ley Nacional N° 27.709 "Ley Lucio" que crea el "Plan Federal de Capacitación sobre Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes".



Artículo 2.

Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a determinar la Autoridad de Aplicación de la presente Ley.



Artículo 3.

El Poder Ejecutivo Provincial reglamentará las disposiciones de la presente Ley en un plazo no mayor a los ciento veinte (120) días de su promulgación.



Artículo 4.

Invítase a los Municipios a adherir a la presente Ley.



Artículo 5.

Comuníquese, Publíquese, cumplido, archívese.