Creación del Programa El Sueño es Salud

Artículo 1.

Se crea el Programa El Sueño es Salud, para concientizar a la sociedad sobre la importancia del sueño para la salud física y mental, a fines de difundir conocimientos y contribuir a establecer hábitos saludables.



Artículo 2.

El presente Programa tiene como objetivos:

1) Dar a conocer las consecuencias que conllevan los problemas del sueño a la salud física y mental;

2) Promocionar la importancia que tiene el sueño saludable a cualquier edad;

3) Instruir sobre la relevancia del sueño en la infancia, como pilar para la maduración del cerebro y el aprendizaje;

4) Promover hábitos saludables que permitan conciliar el sueño;

5) Informar sobre el tiempo de duración necesario y los horarios de sueño según las edades;

6) Concientizar acerca de los beneficios de compatibilizar los horarios de sueño con el trabajo y la actividad social, para una mejor calidad de vida;

7) Advertir sobre los distintos trastornos del sueño y comunicar que se pueden prevenir y son pasibles de tratamiento en la mayoría de los casos;

8) Comunicar sobre la función reparadora del sueño a nivel físico y cognitivo;

9) Incentivar a los profesionales de la salud a que establezcan dentro de sus controles médicos al paciente, consultas e información acerca del sueño.



Artículo 3.

La autoridad de aplicación debe implementar el Programa a través de:

1) Campañas de difusión y publicidad en medios radiales y televisivos;

2) Distribución de folletería y material didáctico;

3) Jornadas de concientización y capacitaciones;

4) Demás medidas necesarias para el cumplimiento de los objetivos de la presente ley.



Artículo 4.

Es autoridad de aplicación de la presente ley el Ministerio de Salud Pública.



Artículo 5.

Se autoriza al Poder Ejecutivo a efectuar adecuaciones, modificaciones y reestructuraciones en el presupuesto General de la Administración Pública Provincial a los fines del cumplimiento de lo establecido en la presente ley.



Artículo 6.

Comuníquese al Poder Ejecutivo.