Institución del día 8 de mayo de cada año como Día del Legislador y la Legisladora Provincial

Artículo 1.

INSTITUYESE el día 8 de mayo de cada año como "Día del Legislador y la Legisladora Provincial", en conmemoración a la celebración de la Primera Sesión Ordinaria del Poder Legislativo de la provincia de Santa Cruz en esa fecha del año 1958.-



Artículo 2.

COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-