Institución como Día del Agente de Fiscalía de Estado de la Provincia del Chaco el 15 de septiembre de cada año

Artículo 1.

Institúyese como Día del Agente de Fiscalía de Estado de la Provincia del Chaco el 15 de septiembre de cada año, coincidente con el día de la Magistratura Judicial como reconocimiento a la labor de este Organismo.



Artículo 2.

Dispónese que esa fecha será jornada no laborable para los agentes alcanzados por lo establecido en el artículo precedente.



Artículo 3.

Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.