Adhesión de la provincia al Día Nacional de la Puericultura a conmemorarse el 17 de marzo de cada año

Artículo 1.

Adhiérase la Provincia del Chaco al "Día Nacional de la Puericultura", a conmemorarse el 17 de marzo de cada año.



Artículo 2.

Promuévese el desarrollo de acciones tendientes a visibilizar la Puericultura en la Provincia a través de actividades sanitarias, educativas y de comunicación.



Artículo 3.

Será Autoridad de aplicación de la presente, los Ministerios de Salud Pública y de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología o el organismo que en el futuro los reemplace.



Artículo 4.

Incorpórase al calendario de los Ministerios de Salud Pública y de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, el Dia de la Puericultura.



Artículo 5.

Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.