Instituyen el 12 de agosto de cada año como Día de la Visibilidad de los Derechos de las Personas con VIH

Artículo 1.

lnstitúyese el 12 de agosto de cada año como "Día de la Visibilidad de los Derechos de las Personas con VIH", en conmemoración al nacimiento de Roberto Jáuregui, de origen platense, periodista, actor, activista por los derechos humanos y una de las primeras personas con VIH en visibilizar su diagnóstico en los medios masivos de comunicación.



Artículo 2.

Facúltase al Poder Ejecutivo a adoptar las medidas necesarias para que se implementen actividades específicas referidas a la conmemoración del "Día de la Visibilidad de los Derechos de las Personas con VIH".



Artículo 3.

Invítase a las Municipalidades a adherir a la presente Ley.



Artículo 4.

Comuníquese al Poder Ejecutivo