Institúyese el segundo jueves del mes de marzo de cada año, el "Día Provincial del Riñón".
Incorpórase al calendario escolar y sanitario conforme lo dispuesto por el artículo anterior, a efectos de concientizar a la comunidad la importancia de la salud renal.
El Poder Ejecutivo a través de los organismos que correspondan, desarrollará actividades de difusión y concientización destinadas a orientar y fomentar la salud renal.
Invitase a los municipios a adherirse a la presente ley.
Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.