Declaración de utilidad pública y expropiación de un inmueble ubicado en el partido de Florentino Ameghino

Artículo 1.

Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en el partido de Florentino Ameghino, nomenclatura catastral: Circunscripción V, Parcela 92a, inscripto en la Matrícula 857, a nombre de Lácteos Tres S.A., y las instalaciones y maquinarias existentes dentro del mismo destinadas a la actividad de industria láctea que actualmente allí se realiza. La Parcela 92a mide 600 metros en los lados NE y SO; por 500 metros en los lados SE y NO, con una superficie de 30 has, lindando: al NE camino en m/, con propiedad de Mercedes C. de Anchorena; al NO con parte del Lote 2; al SE y SO con más terrenos de su Lote 3.



Artículo 2.

El inmueble, las instalaciones y maquinarias antes citados serán cedidos a título oneroso en propiedad a la "Cooperativa de Trabajo Blaquier Limitada", con cargo de ser los mismos destinados a la consecución de sus fines cooperativos.



Artículo 3.

El organismo de aplicación de la presente Ley será determinado por el Poder Ejecutivo.



Artículo 4.

La escritura traslativa de dominio será otorgada por ante la Escribanía General de Gobierno, estando exenta la misma del pago de todo impuesto.



Artículo 5.

Exceptúase a la presente Ley de los alcances del artículo 47 de la Ley 5.708 (Texto Ordenado según Decreto N° 8.523/86) estableciéndose en cinco (5) años el plazo para considerar abandonada la expropiación respecto de los inmuebles, maquinarias e instalaciones consignados en el artículo 1° de la presente Ley.



Artículo 6.

Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el ejercicio vigente las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente Ley.



Artículo 7.

Comuníquese al Poder Ejecutivo.