Creación en la Legislatura una Comisión Bicameral cuyo objeto será adecuar la legislación procesal penal en materia de prisión preventiva y excarcelación

Artículo 1. Creación

Creáse en el ámbito de la Legislatura una Comisión Bicameral cuyo objeto será adecuar la legislación procesal penal en materia de prisión preventiva y excarcelación y demás alternativas o morigeraciones a tales medidas cautelares y la legislación de ejecución penal y penitenciaria, a los estándares constitucionales e internacionales.



Artículo 2. Integración

La Comisión estará integrada por tres Senadoras/es y por tres Diputadas/os, los que serán elegidas/os por los Presidentes de ambas Cámaras, respectivamente, dos en representación de la mayoría y uno en representación de la minoría.



Artículo 3. Función

La Comisión, por intermedio de sus integrantes, nombrará sus autoridades y dictará su reglamento. Deberá confeccionar Proyectos de Ley que cumplan el objeto del artículo 1°, a tal efecto podrá solicitar los informes que estime convenientes. Cada seis (6) meses la Comisión producirá un informe de las tareas y acciones conducentes a la realización del objeto que se establece en el artículo 1°.



Artículo 4.

Comuníquese al Poder Ejecutivo.