Adhesión de la provincia a la ley nacional 27.628 Día del Electrodependiente por Cuestiones de Salud

Artículo 1.

Adhiérese la Provincia del Chaco a la ley nacional 27.628 -Día del Electrodependiente por Cuestiones de Salud.



Artículo 2.

Será autoridad de aplicación de la presente el Ministerio de Salud Pública, o el organismo que en el futuro la reemplace.



Artículo 3.

El organismo de aplicación deberá implementar una campaña masiva de comunicación a través de los distintos medios que estime conveniente, para que la población tome conocimiento de los alcances de la presente ley.



Artículo 4.

Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.