Adhesión a la Ley Nacional 27.454 por la cual se crea el Plan Nacional de Reducción de Pérdidas y Desperdicio de Alimentos

Artículo 1. jeto. Adhesión

Se adhiere a la ley nacional nº 27454, por la cual se crea el Plan Nacional de Reducción de Pérdidas y Desperdicio de Alimentos.



Artículo 2. Autoridad de aplicación

La Secretaría de Producción, dependiente del Ministerio de Producción y Agroindustria, será el órgano encargado de la aplicación de la presente.



Artículo 3. Adhesión

Se invita a los municipios y comisiones de fomento de la provincia a dictar normas de similares características en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones.



Artículo 4.

Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.