Institución el 25 de Octubre de cada año como Día Provincial de Sensibilización sobre la Acondroplasia y otras displasias esqueléticas

Artículo 1.

Se instituye como Día Provincial de Sensibilización sobre la Acondroplasia y otras displasias esqueléticas, el 25 de Octubre de cada año.



Artículo 2.

En la semana previa al día 25 de Octubre de cada año la autoridad de aplicación debe:

1) Diseñar e implementar actividades que informen y sensibilicen a la comunidad sobre la acondroplasia y otras displasias esqueléticas;

2) Propiciar acciones de educación y concientización en organismos públicos y establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada, en todos los niveles y modalidades.



Artículo 3.

La autoridad de aplicación es el Ministerio de Salud Pública.



Artículo 4.

El Poder Ejecutivo queda autorizado a efectuar adecuaciones, modificaciones y reestructuraciones en el Presupuesto General de la Administración Pública Provincial a los fines del cumplimiento de lo establecido en la presente ley.



Artículo 5.

Comuníquese al Poder Ejecutivo.