Autorízase al Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, a aceptar el ofrecimiento de donación formulado por el Municipio de Villa Hernandarias, Departamento Paraná, con afectación al Consejo General de Educación de un (1) predio que según plano de mensura N° 218.539, partida provincial N° 220.364-0, se ubica en el Departamento Paraná, Distrito Antonio Tomás, Municipio de Hernandarias, planta urbana, manzana N° 44, con domicilio legal en calle San Juan s/n, (a 115 m de calle H. Irigoyen), con una superficie de quinientos metros cuadrados (500 m2) dentro de los siguientes límites y linderos:
Noreste: recta (1-2) de rumbo S 45° 00' E de 50,00 m lindando con Centro de Industria, Comercio y Turismo de Hernandarias.
Sureste: recta (2-3) de rumbo S 45° 00' O de 10,00 metros, lindando con Nora Graciela Scattini y otros. Suroeste: recta (3-4) de rumbo N 45° 00' O de 50,00 metros, lindando con Emilio Luis Villarroel. Noroeste: recta (4-1) de rumbo N 45° 00' E de 10,00 m lindando con calle San Juan.
Sométase la donación a la condición resolutoria de que la operación quedará sin efecto si en el plazo de tres años no se realicen mejoras o dejara de destinarse el inmueble al funcionamiento del edificio propio donde funcionará la Residencia Estudiantil de Señoritas de la Escuela de Educación Técnica N° 58 "Dr. Federico Hoenig" de Departamento Paraná.
Facúltase a Escribanía Mayor de Gobierno a realizar los trámites conducentes para la efectiva transferencia de dominio del inmueble individualizado, a favor del Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos con afectación al Consejo General de Educación.
Comuníquese, etcétera