Se declara Área Natural Protegida, en la categoría Reserva de Usos Múltiples al Establecimiento "El Guayabo

Artículo 1.

Se declara Área Natural Protegida, en la categoría Reserva de Usos Múltiples, de conformidad a lo establecido en el Capítulo VII de la Ley N° 10.479 al Establecimiento "El Guayabo", ubicado en Paraje El Chajarí, distrito Mojones Sud 2° del Departamento Villaguay, Provincia de Entre Ríos, con una superficie total de 1371,8 ha. y una superficie a conservar de 1259,8 ha, propiedad de Juan Martín Arias Arredondo, DNI N° 22.808.735.



Artículo 2.

Se le asigna al Área Natural Protegida "El Guayabo" la categoría de manejo "Reserva de Uso Múltiple" de conformidad a lo establecido por la Ley N° 10.479; ratificándose expresamente el Decreto N° 1059/2020 MP que lo incorporó de manera provisoria como área natural protegida.



Artículo 3.

Al inmueble declarado Área Natural Protegida; le corresponde una reducción del cuarenta por ciento (40%) de la carga tributaria correspondiente al Impuesto inmobiliario, y sobre la superficie específicamente asignada a reserva; de conformidad a lo establecido por el Art 6° de la Ley 10.479 y el Artículo 6° inc. e) del Decreto Reglamentario N° 2474/19 MP.



Artículo 4.

El establecimiento debe gestionarse bajo el estricto cumplimiento del plan de manejo del área de conformidad a lo establecido por los Art. 23 y 29 de la Ley N° 10479



Artículo 5.

Comuníquese, etcétera