Secuestros prendarios o ejecuciones prendarias. Se dispone la suspensión del inicio de juicios o procesos judiciales

Artículo 1.

Disponer la suspensión hasta el 31 de diciembre de 2022 del inicio y/o prosecución de juicios o procesos judiciales ya iniciados de secuestros prendarios y/o ejecuciones prendarias, con alcances a todos aquellos ahorristas con domicilio en la Provincia de tucumán y que suscribieron sus planes de ahorro en la Provincia y con anterioridad al 30 de Setiembre de 2019, que a la fecha del dictado de la presente Ley se encuentren en situación de decaimiento de planes, o de falta de pago de cuotas.



Artículo 2.

Comuníquese