Se instituye del 17 al 24 de marzo de cada año la Semana de la Memoria, en el marco de las conmemoraciones que se realicen por el Día de la Memoria por la Verdad y la Justicia.
Durante la Semana de la Memoria los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial deben organizar, promover y auspiciar actos, eventos educativos, deportivos, artísticos y culturales, conferencias y actividades tendientes a:
a) Reafirmar y profundizar las políticas públicas provinciales de memoria, verdad y justicia.
b) Consolidar una cultura basada en la defensa de los derechos humanos, la construcción de ciudadanía, la igualdad y la participación como pilares del sistema democrático.
Es autoridad de aplicación de la presente ley el Ministerio de Gobierno y Educación o el organismo que la remplace.
La autoridad de aplicación tiene como función coordinar con los poderes del Estado las actividades a realizar para el cumplimiento de los objetivos de esta ley, como así también procurar la participación de organismos de derechos humanos, organizaciones sociales, instituciones académicas, medios de comunicación, municipios y comisiones de fomento.
Se invita a los municipios de la provincia a adherir a la presente ley.
Comuníquese al Poder Ejecutivo.