Homologación de la condonación de deuda por gravámenes inmobiliarios

Artículo 1.

Homológase la condonación de deuda por gravámenes inmobiliarios, otorgada por el Poder Ejecutivo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 144 del Código Fiscal (Texto Ordenado 2021), mediante la Resolución que se consigna en el Anexo que forma parte integrante de la presente.



Artículo 2.

Comuníquese, etc.