Sistema para el Fomento de la Inversión en Vivienda. Determinación de Precios en los Contratos de Obra Pública Destinados a Vivienda. Adhesión de la provincia a las Leyes 27.271 y 27.397

Artículo 1.

Adhiérese la Provincia de Tucumán a las disposiciones de la Ley Nacional N° 27.271 (Sistema para el Fomento de la Inversión en Vivienda).



Artículo 2.

Adhiérese la Provincia de Tucumán a las disposiciones de la Ley Nacional N° 27.397 (Determinación de Precios en los Contratos de Obra Pública Destinados a Vivienda).



Artículo 3.

Facúltase al Poder Ejecutivo a dictar las normas y/o reglamentaciones necesarias para la implementación de esta Ley.



Artículo 4.

Facúltase al Poder Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para la implementación de esta Ley.



Artículo 5.

Comuníquese