Prorrogar, desde su vencimiento y por el plazo de ciento ochenta (180) días, la declaración de estado de emergencia sociosanitaria en los departamentos General San Martin, Orán y Rivadavia, dispuesta por la Ley 8.185 y prorrogada por la Ley 8.217 y los Decretos Nº 443/20 y Nº 383/21 del Poder Ejecutivo Provincial.
Facúltase al Poder Ejecutivo a prorrogar por hasta ciento ochenta (180) días el plazo de vigencia de la presente.
Comuníquese al Poder Ejecutivo