Ampliación de la suma de pesos como monto adicional al establecido, para que el Poder Ejecutivo disponga la capitalización de la Empresa de Energía de Entre Ríos SA (ENERSA) con destino a la ejecución de las obras, referenciados en el Convenio para la Ter

Artículo 1.

Amplíase por hasta la suma de pesos un mil ochenta y siete millones setecientos noventa mil ($ 1.087.790.000) como monto adicional al establecido por Ley N° 9998 y ampliado por Leyes N° 10.280 y N° 10.318, para que el Poder Ejecutivo disponga la capitalización de la Empresa de Energía de Entre Ríos SA (ENERSA) con destino a la ejecución de las obras, referenciados en el Convenio Marco y Convenio Específico para la Tercer Etapa de Obras para el desarrollo del Sistema de Transmisión de Energía Eléctrica de la Provincia de Entre Ríos, celebrados el día 8 de abril de 2015 entre el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación y la Provincia de Entre Ríos.

La capitalización autorizada se integra con los recursos que, con carácter de aporte no reintegrable, se recibirán desde el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios dependiente del Poder Ejecutivo de la Nación, en el marco del Convenio Específico indicado anteriormente.



Artículo 2.

Comuníquese, etcétera.