Institución del Día Provincial del Ceremonial que se conmemora el 28 de Mayo de cada año

Artículo 1.

Se instituye el Día Provincial del Ceremonial, que se conmemora el 28 de Mayo de cada año en reconocimiento al trabajador ceremonialista por la trascendencia e importancia de su labor en la organización de eventos oficiales, institucionales y sociales.



Artículo 2.

Comuníquese al Poder Ejecutivo