Transferencia de un inmueble a la Cooperativa de Servicios Públicos de General Acha Limitada

Artículo 1.

Transfiérese, a título gratuito, a la Cooperativa de Servicios Públicos de General Acha Limitada (COSEGA), Registro Provincial Nº 29 y Matrícula Nacional Nº 4404, el dominio del inmueble identificado catastralmente como Ejido 097, Circunscripción III, Chacra 9, Parcela 6, Superficie (54a 98ca), Inscripción Mat. EX 742, Número de Entrada 865/88. Plano Tº 447 Fº 65, Partida Nº 810.225.



Artículo 2.

La donación se realizará con imposición de cargo a fin de que el inmueble transferido sea destinado exclusivamente para la instalación y funcionamiento de una planta de envasado de agua mineral.



Artículo 3.

En caso de que el cargo impuesto no fuere cumplida, el inmueble objeto de transferencia será restituido al Estado Provincial, readquiriendo el dominio libre de todos los actos jurídicos realizados por el titular del dominio resuelto. En caso de mejoras efectuadas en el inmueble objeto de transferencia, las mismas quedarán en beneficio del transmitente sin derecho a compensación alguna, no pudiendo el beneficiario retener el inmueble bajo ninguna condición.



Artículo 4.

La escritura traslativa a favor del beneficiario será otorgada por ante la Escribanía General de Gobierno, estando exenta la misma del pago de cualquier tipo de tributo provincial que gravare el acto traslativo de dominio.



Artículo 5.

Comuníquese al Poder Ejecutivo