Prorrogase hasta el 31 de diciembre de 2021, la Declaración de la Emergencia del Sector Turístico en todo el territorio provincial, así como los términos y beneficios dispuestos por la Ley XXIII N° 44 (prorrogada por Ley XXIII N°46), la que podrá ser prorrogada en caso de que persista la situación que dio origen a la Emergencia o por razones fundadas de la Autoridad de Aplicación.
La presente Ley entrará en vigencia el 1 de julio de 2021.
Comuníquese al Poder Ejecutivo.