Se instituye en el territorio de la Provincia de Córdoba el 21 de agosto de cada año como "Día Provincial de las futbolistas

Artículo 1.

Institúyese en el territorio de la Provincia de Córdoba el 21 de agosto de cada año como "Día Provincial de las futbolistas".



Artículo 2.

En la semana del año en la cual se encuentre el día 21 de agosto, el Poder Ejecutivo Provincial, por intermedio de los organismos pertinentes, desarrollará actividades públicas y campañas de concientización y sensibilización con perspectiva de género para la promoción y visibilización del fútbol femenino, procurando articular las acciones con los diferentes sectores y organizaciones sociales involucrados, sin perjuicio de las demás actividades que los organismos oficiales permanentes desarrollen durante el resto del año.



Artículo 3.

Invitase a los municipios y comunas de la Provincia de Córdoba a adherir a la presente Ley.



Artículo 4.

Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial