Declárese de utilidad pública y sujeto a expropiación, el inmueble detallado en la Ley N° 8691, con iguales fines que los allí descriptos.
Convalídese todo lo actuado por Fiscalía de Estado, en el Expediente Administrativo N° 14.422/377-2014 correspondiente a la mencionada ley.
Prescíndase por razones de urgencia del procedimiento administrativo de avenimiento, conforme lo dispuesto por el Artículo 14 de la Ley N° 5006
Las disposiciones de la presente Ley entrarán en vigencia el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
Comuníquese