Extender, en forma excepcional, hasta un máximo de nueve (9) meses los plazos legales de duración de la prisión preventiva, establecidos en los artículos 119 y 224, inciso 1), del Código Procesal Penal de la Provincia del Neuquén (Ley 2784), en los casos en que los juicios no se hayan realizado, o no se puedan realizar, por encontrarse suspendida la realización de audiencias de juicio, debido a la emergencia sanitaria dispuesta a causa de la pandemia del COVID-19.
La presente ley entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
Comuníquese al Poder Ejecutivo