Emergencia sanitaria. Extender, en forma excepcional, hasta un máximo de nueve (9) meses los plazos legales de duración de la prisión preventiva, en los casos en que los juicios no se hayan realizado, o no se puedan realizar, por encontrarse suspendida la

Artículo 1.

Extender, en forma excepcional, hasta un máximo de nueve (9) meses los plazos legales de duración de la prisión preventiva, establecidos en los artículos 119 y 224, inciso 1), del Código Procesal Penal de la Provincia del Neuquén (Ley 2784), en los casos en que los juicios no se hayan realizado, o no se puedan realizar, por encontrarse suspendida la realización de audiencias de juicio, debido a la emergencia sanitaria dispuesta a causa de la pandemia del COVID-19.



Artículo 2.

La presente ley entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.



Artículo 3.

Comuníquese al Poder Ejecutivo