Adhesión al DNU 576/2020, Titulos Uno, Dos y Tres en lo específicamente aplicable al Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio

Artículo 1.

Adhiérase la provincia de San Juan, al DECNU N° 576-2020, Títulos Uno, Dos y Tres (Capítulo Uno, Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio), y (Capítulo Tres, Disposiciones Comunes), en lo específicamente aplicable al Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio.



Artículo 2.

Recomiéndese a los habitantes de la provincia de San Juan, mantener el aislamiento social y preventivo.



Artículo 3.

Derógase toda norma que se oponga al objeto propuesto en la presente ley.



Artículo 4.

La presente Ley es de Necesidad y Urgencia, de conformidad a los establecido en los artículos 157 y 189, inciso 17 de la Constitución Provincial.



Artículo 5.

Remítase la presente norma legal a la Cámara de Diputados de la Provincia, a los fines del tratamiento previsto en el artículo 157 de la Constitución de la Provincia.



Artículo 6.

Publíquese en el Boletín Oficial.