Autorización al Superior Gobierno de la Provincia a aceptar la donación formulada por la Municipalidad de Villa Urquiza, de un (1) inmueble ubicado en la Provincia de Entre Ríos, Departamento Paraná, Distrito Tala, Municipio de Villa Urquiza

Artículo 1.

Autorícese al Superior Gobierno de la Provincia a aceptar la donación formulada por la Municipalidad de Villa Urquiza, de un (1) inmueble ubicado en la Provincia de Entre Ríos, Departamento Paraná, Distrito Tala, Municipio de Villa Urquiza, planta urbana, manzana N° 43, plano de mensura N° 220.665, Partida Provincial N° 193.434; domicilio parcelario Héroes de Malvinas Argentinas N° 73, que consta de una superficie de doscientos metros cuadrados (200,00 m2.), cuyos límites y linderos son:

NORESTE: recta 1-2 al rumbo S 61° 00' E de 20,00 metros, lindando con Municipio de Villa Urquiza.

SURESTE: recta 2-3 al rumbo S 29°00' O de 10,00 metros, lindando con calle Héroes de Malvinas Argentinas.

SUROESTE: recta 3-4 al rumbo N 61°00' de 20,00 metros, lindando con Municipio de Villa Urquiza.

NOROESTE: recta 4-1 al rumbo N 29° 00' E de 10,00 m., lindando con Municipio de Villa Urquiza.



Artículo 2.

Establécese que la donación efectuada en el artículo 1°, sea con cargo de afectar el inmueble en forma exclusiva al Poder Judicial de la Provincia de Entre Ríos con destino a la construcción de un edificio para el Juzgado de Paz de la ciudad de Villa Urquiza y/o cualquier otra dependencia judicial del Poder Judicial.



Artículo 3.

Facúltese a la Escribanía Mayor de Gobierno a realizar los trámites conducentes a la efectiva transferencia del dominio del inmueble individualizado en el artículo 1°, a favor del Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, siendo los gastos de mensura y escrituración a cargo de la parte donataria.



Artículo 4.

Comuníquese, etc.