Suspéndase hasta el 31 de diciembre de 2019, prorrogable por el Poder Ejecutivo Provincial por seis (6) meses más, el inicio y prosecución de juicios de ejecución fiscal que se efectúen para perseguir el cobro de deudas vencidas al 30 de septiembre de 2018 por tributos cuya recaudación esté a cargo de la Administración General de Rentas de la Provincia, sus multas, actualizaciones, recargos e intereses en contra de contribuyentes y responsables.
Suspéndese los plazos de prescripción, perención o caducidad por el término y prórroga establecido en el Artículo 1º de la presente Ley.
Levántase el embargo ordenado en las ejecuciones fiscales sobre fondos depositados en entidades financieras, que garantizan el pago de las deudas por tributos cuya recaudación esté a cargo de la Administración General de Rentas de la Provincia, sus multas, actualizaciones, recargos e intereses vencidos a septiembre de 2018.
Exceptúanse de lo dispuesto en el Artículo 1° de la presente ley, cuando en los juicios de ejecución fiscal, cualquiera de las partes efectúen o formalicen pagos voluntarios o acuerdos de pago, totales y cancelatorios de deudas.
Créase el Registro Único de Juicios de Ejecución Fiscal Permanente en el ámbito de la Administración General de Rentas de la Provincia, en el cual se debe inscribir:
a) Fecha de inicio de la demanda;
b) Número de expediente judicial;
c) Nombre y domicilio del demandado;
d) Monto ejecutado;
e) Objeto de la pretensión, impuesto, multa o intereses;
f) Abogado patrocinante o representante legal;
g) Estado de cobro de los honorarios profesionales del abogado interviniente;
h) Estado procesal de la ejecución fiscal;
i) Cualquier otra información que la autoridad de aplicación considere necesario.
Fiscalía de Estado de la Provincia debe presentar a la autoridad de aplicación, los datos exigidos en el párrafo anterior del presente artículo en el plazo de dos (2) meses a partir de la vigencia de la presente Ley, y actualizar mensualmente el estado procesal de las ejecuciones cualquiera fuera su avance.
De forma