Autorízase a la Función Ejecutiva a transferir en carácter de donación con cargo a favor del Obispado de La Rioja, el inmueble que responde a las siguientes características:
Propietario: Estado Provincial. Ubicación: Ciudad de La Rioja, departamento Capital. Nomenclatura Catastral:
Circuns. I - Sección E - Manzana 541- Parcela 217. Superficie Aproximada: 4.758.68 m2. Linderos: Norte:Más propiedad del Estado Provincial. Este: Calle Pública. Oeste: Más propiedades del Estado Provincial. Sur: Calle Proyectada.
Antecedentes Catastrales: Plano Duplicado 361-1. Datos de Dominio: C - 15699 (en mayor extensión)
Las medidas, linderos y superficie definitivas del inmueble, surgirán del plano de mensura que, a tal efecto, aprobarán los Organismos Oficiales correspondientes.
Cargo de Donación: El inmueble donado será destinado a la construcción de un Templo en honor a San Miguel Arcángel y dependencias para la realización de tareas pastorales para el culto católico, en el plazo de cinco (5) años a partir de la publicación de la presente ley. El incumplimiento de dicho cargo dará origen a la retrocesión inmediata al Estado Provincial
Los gastos que demande la ejecución de la presente ley, serán tomados de Rentas Generales.
Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese