Donación de un inmueble con cargo a favor del Obispado

Artículo 1.

Transfiérase en carácter de donación con cargo a favor del Obispado de La Rioja, parte de un (1) inmueble de mayor extensión de propiedad del Estado Provincial, ubicado en la ciudad Capital, el que responde a las siguientes características:

Propietario: Estado Provincial. Ubicación: Barrio Ricardo Primero - ciudad de La Rioja, departamento Capital.

Nomenclatura Catastral: Circunscripción I-Secc. "C"- Manzana 1030 -Parcela 3. Linderos: Norte: Calle Roberto Payró. Este: Calle Portezuelo. Oeste: Calle Chamical. Sur:

Calle Italia. Superficie: 770,75m2. Antecedentes Catastrales:

Plano de división y Loteo aprobado por Disposición N° 015678 de fecha 09/03/04. Datos de Dominio: C - 15176 (en mayor extensión).



Artículo 2.

El inmueble donado será destinado a la construcción de una Capilla para la realización de tareas pastorales del culto católico, en un plazo de tres (3) años computados a partir de la publicación de la presente ley.



Artículo 3.

El incumplimiento del cargo dará lugar a la restitución del inmueble al Estado Provincial, en las condiciones en que se encontrare.



Artículo 4.

Las medidas, linderos y superficie definitivas surgirán del Plano de Mensura, que a tal efecto confeccionarán, aprobarán y registrarán los Organismos Oficiales competentes.



Artículo 5.

Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley, se imputarán a las partidas que el Ejecutivo Provincial asigne para tal fin.



Artículo 6.

Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese