Se instalen placas identificatorias, en código de lectoescritura Sistema Braille, en cada ingreso de todos los edificios de la Administración Pública Provincial, correspondientes a los Poderes Ejecutivo y Legislativo de Río Negro.
Las placas deberán contener como mínimo la siguiente información:
1. Nombre del edificio.
2. Domicilio del edificio.
3. Horario de atención al público.
La autoridad de aplicación definirá los espacios o lugares adicionales donde serán colocadas placas identificatorias, con el propósito de mejorar la orientación y circulación de las personas con discapacidad visual.
Es autoridad de aplicación el Ministerio de Desarrollo Social, a través del Consejo Provincial para las Personas con Discapacidad.
Se invita al Poder Judicial y a los municipios de la provincia a adherir a la presente en el ámbito de sus competencias.
Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese