Se esatablece la obliegatoriedad de incluir leyenda sobre el consumo de alcohol

Artículo 1.

Establécese la obligatoriedad de incluir la leyenda, El Consumo de alcohol en exceso es perjudicial para la salud, en todas las entradas y tickets a espectáculos públicos y privados autorizados para el expendio y comercialización de bebidas alcohólicas en la Provincia de San Juan.



Artículo 2.

Es autoridad de aplicación de la presente ley, el Poder Ejecutivo a través del organismo que éste determine.



Artículo 3.

Comuníquese al Poder Ejecutivo