Ratificación de la vigencia de la declaración de utilidad pública y sujeto a expropiación determinado inmueble individualizado en el Artículo 1° de la Ley N° 10.119

Artículo 1.

Ratifícase la vigencia de la declaración de utilidad pública y sujeción a expropiación dispuesta por las Ley N°10.119 y 10.489, en relación al inmueble individualizado en el Artículo 1° de la Ley N° 10.119.-



Artículo 2.

El inmueble a expropiar mantiene el destino previsto en la Ley N° 10.119 y 10.489, depósito de vehículo secuestrados en el Programa de Reordenamiento de Tránsito.-



Artículo 3.

Facúltase al Poder Ejecutivo Provincial a efectuar las adecuaciones presupuestarias necesarias para atender el gasto que demande lo dispuesto en el Artículo 1° de la Ley N° 10.119 y a realizar la donación del inmueble a la Municipalidad de Concepción del Uruguay.-



Artículo 4.

Comuníquese, etcétera